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Transparencia y acceso a la información

Información de la entidad

Misión, visión, funciones y deberes

Misión

Somos una Corporación político administrativa de elección popular, cumplimos las funciones que señalan la Constitución Política, la ley y nuestro reglamento. Promovemos la participación ciudadana, ejercemos el control político y tramitamos proyectos de acuerdo, para mejorar la calidad de vida de los habitantes del Distrito.

Visión

Nos destacaremos por la innovación en nuestros procesos, con una adecuada gestión del talento humano y del conocimiento; la adaptación a nuevas tecnologías y la modernización de la infraestructura física y tecnológica, para el cumplimiento de nuestra misión, fortaleciendo la confianza ciudadana a través de una gestión transparente, cercana y comprometida con el bienestar de la comunidad.

Deberes de la corporación

A continuación se relaciona la normatividad legal aplicable a cada una de las líneas estratégicas de la Corporación:

Control político
  • Citar a la Administración central y descentralizada del Municipio y entes de control para hacer seguimiento a la gestión, en el marco del Plan de desarrollo y el Plan de ordenamiento territorial (Ley 1551 de 2012, Art. 18).
  • Invitar a la Administración central y descentralizada del Municipio, funcionarios del orden departamental y nacional y personas naturales o jurídicas públicas o privadas (Ley 136 de 1994, Art. 32).
  • Solicitar información a la Administración central y descentralizada, otras autoridades de orden Municipal y descentralizado y órganos de control (Ley 1551 de 2012, Art. 18).
  • Proponer la moción de censura o de observación (CN. Acto legislativo 01 de 2007, Art. 6)
  • Evaluar el informe de rendición de cuentas del Alcalde (Ley 1757 de 2015, Art. 58).
Proyectos de acuerdo
  • Presentar proyectos de acuerdo (Ley 136 de 1994, Art. 71).
  • Estudiar y tramitar proyectos de acuerdo (Ley 136 de 1994, Art. 72).
  • Resolver las objeciones a los proyectos de acuerdo (Ley 136 de 1994, Art. 79 y 80).
Participación ciudadana
  • Facilitar la participación de los ciudadanos en los trámites de los proyectos de acuerdo (Ley 136 de 1994, Art. 77).
  • Permitir la participación de los ciudadanos en los debates (Reglamento interno, Acuerdo 89 de 2018).
  • Aplicar los mecanismos de participación ciudadana acorde con la Constitución y la Ley (Ley 1757 de 2015).
  • Rendir cuentas de la gestión de la Corporación (Ley 1757 de 2015, Art. 59)