Boletín 311
- La modificación a los tributos analizados busca incentivar el uso del transporte público, responder a necesidades actuales y optimizar trámites.
Conocer las modificaciones que se realizarán en 2024 a cinco tributos, fue el propósito de una reunión del estudio del Proyecto de Acuerdo 148 de 2023 que busca expedir la norma sustantiva tributaria en el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín, estos impuestos están relacionados con la sobretasa a la gasolina, la publicidad exterior visual, el alumbrado público, la delineación urbana y los espectáculos públicos.
En el mes de diciembre se vencen los beneficios tributarios que se tenían para la vigencia 2023, por lo que es necesario estudiar la aprobación de las modificaciones a los tributos para ser presentadas al Distrito explicó el concejal coordinador de la iniciativa Fabio Rivera, quien enfatizó en la importancia de evaluar el impuesto de espectáculos públicos teniendo en cuenta el escenario que rige en otras ciudades del país y así no afectar a los empresarios que con los eventos benefician la derrama económica en la ciudad.
En su intervención, la corporada ponente Claudia Marcela Ramírez Echeverri, manifestó que se debe evaluar el impuesto a los parqueaderos ya que es necesario incentivar la construcción de los mismos y encontrar solución efectiva al parqueo en las vías.
Por su parte, el concejal Julio Enrique Gonzáles, propuso a la comisión revisar el artículo 109 pues para el cobro del Impuesto de Publicidad Exterior Visual se contemplan las vallas tradicionales y en el texto debe incluirse los modelos de información digitales como los tableros electrónicos; igualmente, en cuanto al artículo 135 que habla del alumbrado público, sugirió incluir en el grupo de entidades exentas del pago a las universidades.
En este sentido, Luis Femando Gómez, secretario de Hacienda, expuso las modificaciones que tendrán los cinco tributos mencionados anteriormente, entre ellos menciona que el Impuesto de Espectáculos Públicos se convierte en renta declarativa y se excluyen del pago de este impuesto los eventos religiosos y académicos; para el Impuesto de Publicidad Exterior se grava el medio masivo de comunicación destinado a informar a través de elementos visuales, así como se mejora las tarifas para los elementos en estado disponible.
Para el caso del Impuesto de Sobretasa a la gasolina se modifica la definición de tarifa de acuerdo a la Ley 2093 de 2021; igualmente, el Impuesto de Alumbrado Público actualiza el hecho generador de acuerdo a la sentencia de unificación del Consejo de Estado 23103 de noviembre de 2019; por su parte la contribución por el uso del parqueadero será del 15 por ciento de la base gravable (valor servicio de parqueadero), añadió el Secretario.
Representantes de los gremios que serán impactados por estas modificaciones tributarias como Asobares, Asoeventos y Cromática solicitaron a la comisión de estudio evaluar los porcentajes de los tributos establecidos pues son valores muy altos que podrían afectarlos de manera negativa y que pueden ser evaluados teniendo como referente a otras ciudades del país.