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La actualización de la Norma Sustantiva Tributaria de Medellín es aprobada en primer debate

  • Esta actualización incluye dos nuevas estampillas: la Pro Innovación y la de Justicia Familiar.
  • Entre las principales disposiciones se incluye la exención para viviendas VIS y VIP construidas en planes parciales adoptados por el Distrito en polígonos de renovación urbana.  
  • Este Estatuto Tributario busca actualizar y adecuar la normatividad, adoptar nuevas estampillas, prorrogar beneficios existentes y compilar en uno solo los nueve acuerdos Distritales vigentes.

 

En Comisión Segunda fue aprobado en primer debate el Proyecto de Acuerdo Proyecto de Acuerdo 148 de 2023 que expide y actualiza la norma sustantiva tributaria en el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín, que incluye importantes modificaciones a las estampillas, tasas y contribuciones que se realizan en la ciudad. El concejal Lucas Cañas Jaramillo, coordinador de ponentes, resaltó la importancia de esta iniciativa como clave para la expedición de la norma sustantiva tributaria y destacó que ha sido formulado y analizado con los gremios empresariales, como la Andi, Fenalco, y otras empresas participantes, subrayando también la significativa contribución de otros Corporados a través de intensas discusiones y jornadas de estudio.Agregó que, con la implementación de este proyecto, se busca proporcionar beneficios significativos tanto a los ciudadanos como a la ciudad en su conjunto, explicando las principales disposiciones que incluyen la exención para viviendas VIS y VIP, que aplica a viviendas construidas en planes parciales adoptados por el Distrito en polígonos de renovación urbana.Asimismo, se reconoce el 50 por ciento del impuesto predial para NO VIP y VIS en planes parciales de áreas estratégicas; también la exención para Predios Desarrollados y Evacuados que fueron objeto de desarrollo urbanístico y evacuados por orden de la autoridad competente, como los implosionados.La norma también exime a los canales locales de televisión, siempre y cuando los inmuebles de canales locales sean constituidos como asociaciones sin ánimo de lucro entre entidades públicas en el Distrito. La exención aplica de igual forma para Empresas Sociales del Estado (ESE), para inmuebles de empresas sociales del Estado del orden departamental de tercer nivel de complejidad, ubicadas en el Distrito, como el hospital La María.Adicionalmente, se introducen dos nuevas estampillas: «Pro Innovación” con un tributo de 1 por ciento y «Justicia Familiar” con 2 por ciento»; la primera fue creada por la Ley 2286 de 2023, busca financiar proyectos de ciencia y tecnología. Y la segunda, establecida por la Ley 2126 del 2021, tiene como objetivo respaldar el funcionamiento de las comisarías de familia.Sobre la iniciativa, la cabildante Claudia Ramírez, ponente, aseguró que el Estatuto Tributario será la hoja de ruta de los ingresos para el Distrito en los próximos cinco años, ya que renueva y actualiza los beneficios tributarios. Enfatizó el arduo trabajo realizado desde el 28 de septiembre, instando a su aprobación y explorando beneficios adicionales, incluyendo la revisión del avalúo catastral y del predial.Es importante que no olvidemos a las víctimas de las edificaciones enfermas que aún sufren un drama con el cobro de impuestos, aseveró la cabildante Lina Marcela García, quien además hizo un llamado para que esas familias no dependan de la voluntad política del alcalde para el cobro del impuesto predial.De la misma forma, el cabildante Julio González Villa destacó la importancia de aprobar el Estatuto Tributario, resaltando la necesidad de mantener las exenciones tributarias y buscando una prórroga de estas por otros diez años.Otros Concejales manifestaron que Medellín es una ciudad en la cual existe «pereza fiscal», por tanto, es necesario buscar alternativas para que todos paguen y así propender por una reducción del Impuesto Predial, proponiendo una estrategia de cobro que beneficie a quienes cumplen con sus obligaciones.También, expresaron la importancia de que esta norma sea aprobada, pero analizando a profundidad cada enmienda presentada a la Secretaría de Hacienda para un estudio riguroso. Además, examinar el avaluó catastral ya que este es el insumo para la definición del Impuesto Predial y en muchos casos no va acorde con el inmueble realizando cobros exagerados, por ejemplo, en la ruralidad.  En su intervención, el secretario de Hacienda, Luis Fernando Gómez, manifestó que este Estatuto Tributario no modifica las tarifas del cobro del Impuesto Predial en los corregimientos, como respuesta a las inquietudes de ciudadanos presentes que manifestaron su inconformidad con el avalúo catastral de sus casas y predios aumentando de forma exagerada la tarifa que pagan en el impuesto.    Añadió que en el Estatuto se incluyen beneficios para los corregimientos como el 50 por ciento de reducción del impuesto en los predios rurales, los predios de protección ambiental tienen el 100 por ciento de exención, aquellos que están en retiros de humedales y quebradas tienen una tarifa especial del 4×1000; mientras que a las fincas de recreo se les impone una tarifa entre el 9 y el 15 por ciento.   Finalmente, ciudadanos habitantes del área rural expresaron su preocupación por los posibles aumentos en el Impuesto Predial y las desigualdades existentes en el avalúo catastral, especialmente en las zonas campesinas, que, según denuncias, son las más afectadas y olvidadas.